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SEGUNDO TIRADOR QUE LE DISPARÓ A LUIS DONALDO COLOSIO ERA AGENTE DEL CISEN





Sobre el caso del segundo tirador, en el homicidio del candidato presidencial Luis Donaldo Colosio, hace veinte días el Juez Quinto de Distrito de Procesos Penales Federales Jesús Alberto Chávez Hernández, actuó con evidente parcialidad, quebrantando los principios obligatorios de valoración y análisis del gran acervo de pruebas presentada por la FGR, que implican a Jorge Antonio “S”, agente del CISEN 
asignado a cubrir al candidato presidencial, y quien fue liberado en aquellos momentos, en un evidente encubrimiento delictivo en el que estuvo vinculado directamente Genaro “G”, quien era Subdirector Operativo en el propio CISEN y fue quien lo rescató en Tijuana. Las pruebas presentadas por la FGR en contra de Jorge Antonio “S”,


 demuestran su presencia en el lugar del homicidio, en el mismo momento del crimen, cuando hubo una diferencia de segundos entre ambos disparos. Todas las pruebas aportadas por la FGR, y en especial las de análisis de sangre demuestran que en la ropa de dicho acusado se encontró el tipo de sangre de la víctima. Las pruebas de rodizonato señalan que el acusado, en ese lapso, disparó un arma, y ninguna de las pruebas de descargo lo han podido favorecer.


 Un gran número de testimoniales señalan al acusado en el lugar de los hechos, al momento de los disparos, del cual huyó; y niegan que él haya ayudado a transportar a la víctima. Un buen número de testimoniales también ratifican su detención cuando traía la ropa manchada con sangre de la víctima; mientras que también se encuentra debidamente probado que el CISEN de la Secretaría de Gobernación mandó al acusado para que estuviera en el lugar de los hechos, para después encubrirlo y sacarlo de Tijuana de manera urgente y subrepticia. 


 El video que testimonió el primer disparo, y al cual el juez le pretende dar valor frente a todo el acervo de pruebas aportadas, estaba ubicado hacia el primer tirador y no dirigido hacia el segundo, que se hallaba en un ángulo totalmente distinto, razón por la cual no podía observarse.


 Y no existe ningún video dirigido hacia el área donde estaba dicho segundo tirador, motivo por el cual esa prueba no puede favorecer, en modo alguno, al responsable de ese segundo disparo.


 La testigo a la que se refiere un diario que hoy expone el caso, señalándola como “la única prueba”; ella nunca estuvo en el lugar de los hechos; y no atestiguó nada de lo ocurrido; mientras que en dicho diario sí se ocultan todas las pruebas incriminatorias que constan en el expediente judicial en el que se basa esa nota periodística.

 En este caso, el juez llegó hasta el extremo de emitir consideraciones de orden personal en contra del Ejecutivo Federal, lo cual es absolutamente inadmisible en un proceso de esta importancia, demostrando así que los delitos de carácter político, al igual que los de grandes despojos patrimoniales vinculados con gobiernos anteriores, se obstaculizan judicialmente para impedir que la justicia los alcance.


 A pesar de todos estos obstáculos para procurar justicia, la FGR irá al procedimiento de apelación, como lo ha hecho en todos los casos en que ha sido necesario, ya que esta institución confía en que el Poder Judicial Federal actuará con estricto apego a derecho, en consideración de la trascendencia de un delito de tan alta gravedad, como el que se cometió en contra de la vida del candidato presidencial Luis Donaldo Colosio.

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