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LA FGR INFORMA SOBRE SEÍS SECUESTROS COMETIDOS

 




Comunicado FGR 617/22. FGR Informa Ciudad de México Comunicado FGR 617/22. FGR Informa 
En primer término es fundamental el precisar que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 14, 16, 19, 20 y 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de lo señalado en los artículos 1,4 y 134 del Código Federal de Procedimientos Penales, el Ministerio Público de la Federación desde el momento en que ejerce la acción penal ante un órgano jurisdiccional deja su carácter de autoridad para volverse parte en el proceso y es el Juez de la Causa el rector del procedimiento y la única autoridad responsable en cuanto a los tiempos procesales, las decisiones interlocutorias y las sentencias correspondientes.



 En el caso del C. Israel “V”, esta persona se encuentra procesada ante la Autoridad Judicial Federal por seis casos de secuestro que son independientes uno del otro, siendo el sexto de ellos en el que se le encontró en plena flagrancia delictiva, ya que los seis casos de referencia ocurrieron en circunstancias en modo, tiempo y lugar diferentes y con distintas víctimas. 


 Todos estos casos, la autoridad judicial determinó acumularlos en uno solo, en el cual se han presentado conflictos competenciales de la propia autoridad judicial, así como recursos promovidos por el procesado, como han sido apelaciones, amparos indirectos e incidentes en contra de determinaciones de los jueces. El pasado 10 de noviembre, el Juez de la Causa estableció diversos plazos para ofrecer pruebas y desahogar las diligencias que estuvieran pendientes al respecto. 


 Como puede advertirse, la tramitación del proceso ha sido conducida por las autoridades judiciales y es de mencionarse que el Juez de la Causa ha señalado en autos recientes, que la duración del proceso se debe a las acciones realizadas por la defensa del procesado. 



 Por ser este tema un asunto de interés público, esta Fiscalía habrá de subir de inmediato a su página de internet la información puntual de todos los procesos de referencia, salvaguardando los derechos de las partes y las obligaciones referentes a las versiones públicas correspondientes.

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