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SENADO DEBERÁ GARANTIZAR LA PARTICIPACIÓN DEL GRUPO PLURAL




EN LA COMISIÓN PERMANENTE: TEPJF.

Ante la exclusión, las y los legisladores presentaron diversas impugnaciones por considerar que se vulneraron sus derechos de representación, acceso y ejercicio de su cargo. Durante la sesión pública de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), con cinco votos a favor y uno en contra, se ordenó a las cámaras de Diputados y Senadores que contemplen la participación de las y los legisladores que integran el Grupo Plural en la integración de la Comisión Permanente, con base en el principio de máxima representación efectiva.




 Germán Martínez, coordinador de esta fracción parlamentaria, expresó que con la sentencia “el Grupo Plural ganó respaldo y respeto a la voz de todos los ciudadanos; el Grupo Plural gana entrar a la Comisión Permanente del Congreso de la Unión que se le había negado”. Por su parte, a través de su cuenta oficial en Twitter, la senadora poblana Nancy de la Sierra señaló que “la democracia se construye a través del diálogo y con la participación libre de todas y todos”. 



 “Una sentencia histórica, sin duda. Se reconoció el derecho al Grupo Plural para participar en la Comisión Permanente del Congreso de la Unión. La pluralidad no cabe en las visiones monolíticas. Gana la democracia, gana la ciudadanía. Ganamos todas y todos”, expresó el senador Emilio Álvarez Icaza.



 El pasado miércoles 15 de diciembre de 2021, durante la última sesión del Primer Periodo Ordinario, las senadoras y senadores del Grupo Plural externaron su inconformidad por ser excluidos y por no ser convocados para firmar el acuerdo en el que se definió la conformación de la Permanente. A través de los juicios SUP-JDC-1453/2021 y SUP-JDC-1457/2021 para controvertir la integración de la Comisión Permanente, interpuestos por las y los legisladores, los magistrados realizaron el análisis correspondiente y consideraron fundados los argumentos.



 La resolución destaca que, conforme a criterios internacionales, el derecho político-electoral a ser votado comprende la posibilidad de ejercer el cargo. Así, este derecho es violado cuando se obstaculizan, a su vez, los derechos parlamentarios reconocidos a quienes desempeñan un cargo legislativo. 



 Por lo tanto, el Senado de la República deberá establecer en su normatividad interna el procedimiento para garantizar a las senadurías independientes o sin grupo parlamentario una manera de integrar la Comisión Permanente, así como los órganos legislativos; acción que deberá ser aprobada en el periodo ordinario de sesiones que está por comenzar.

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