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APOYO DE SENADORES A ARMENTA LO METE EN UN BRETE LEGAL




 QUE LE PODRÍA COSTAR LA CANDIDATURA.
POR FERMÍN ALEJANDRO GARCÍA.
Parece que el legislador Alejandro Armenta Mier ha dado un “paso en falso” que le podría costar la posibilidad de ser candidato a gobernador de Puebla, pues resulta que 55 senadores de Morena le ofrecieron su respaldo para conseguir la postulación pero se descuidaron totalmente las formas y el respeto a la legalidad, por lo cual ese apoyo se enmarca en probables violaciones graves al uso de recursos públicos, de un canal de televisión dedicado a la Comunicación Social del Senado de la República a un precepto constitucional sobre el empleo de propaganda y eso, ante todo, se puede calificar como un acto anticipado de precampaña electoral.

Todas esas conductas son severamente sancionadas por los estatutos de Morena, a tal grado que pueden ser causales de anulación de su precandidatura en caso de que solicite dicho registro ante el Partido del Movimiento de Regeneración Nacional.

Este jueves un grupo de 55 integrantes del grupo parlamentario de Morena, encabezados por los legisladores Salomón Jara y Cristóbal Arias, ofreció una rueda de prensa para dar su apoyo a Alejandro Armenta Mier para que sea candidato a gobernador. “Nos pronunciamos abiertamente a favor de un precandidato que queremos que sea tomado en cuenta”, dijeron algunos de los legisladores que tomaron la palabra.


Eso no tendría nada de irregular si no fuera porque para ese pronunciamiento se utilizaron lo siguientes recursos:

Primero: la conferencia fue trasmitida –en vivo– por el canal oficial del Senado de la República. En el video de la rueda prensa se observa, con claridad, el emblema de la Cámara Alta del Congreso de la Unión.

Segundo: se emplearon las instalaciones y el personal de Senado para ofrecer una conferencia a favor de una opción partidista, lo cual implica un probable uso de recursos públicos a favor de un partido y que a su vez rompe con la equidad de un proceso interno de una fuerza política. En este caso en Morena.

Trascendió que morenistas del propio Senado estarían documentando ante Morena que se habrían violado las siguientes normatividades:

El artículo 134, párrafo séptimo, de la Constitución, establece que los servidores públicos de la Federación, las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México tienen en todo el tiempo la obligación de aplicar con imparcialidad los recursos públicos que están bajo su responsabilidad.

A partir de dicha norma se puede establecer que los 55 senadores que le dieron el espaldarazo a Armenta no han dado un uso imparcial a los recursos públicos de la Cámara Alta y ello rompería con la equidad del proceso interno de Morena para elegir al próximo candidato a gobernador de Puebla.

Los participantes de ese encuentro al haber utilizado instalaciones, emblema y el canal oficial del Senado, así como el tiempo de los legisladores y personal de la Cámara Alta, en horario laboral, están dando un uso indebido a recursos públicos, ya que todo esto en su conjunto se estaría utilizando a favor de un aspirante a ser candidato a un cargo de elección popular.

Al haberse utilizado el canal oficial del Congreso también se estaría violando el artículo 41, Base III, Apartado A, último párrafo, de la norma para la difusión de propaganda electoral en radio y televisión que dice lo siguiente:

Que el Instituto Nacional Electoral es la única autoridad que administra el tiempo que corresponde al Estado en radio y televisión destinado a sus propios fines y al ejercicio del derecho de los partidos.

Por tanto, ninguna persona física ni moral, sea a titulo propio o por cuenta de terceros, puede contratar propaganda en radio y televisión que sirva para influir en las preferencias electorales de los ciudadanos ni a favor en contra. Y queda claro que la trasmisión del canal del Senado de un acto de apoyo a Armenta no fue algo regulado por el INE y no es algo permitido por la ley.

El canal oficial del Senado tiene como una única función el ejercer “la comunicación social” del Congreso de la Unión, y al respecto el artículo 134 de la Constitución, en su párrafo octavo, establece tales límites:

La propaganda, bajo cualquier modalidad de comunicación social que difundan como tales, los poderes públicos, los órganos autónomos, las dependencias y entidades de la administración pública y cualquier otro entre los tres órdenes de gobierno, deberá tener carácter institucional y fines informativos, educativos o de orientación social.

Por tanto, el apoyo a un precandidato no se inscribe en ningún concepto de los límites que marca la Constitución General de la República.

Una presunta violación más es la que se enmarca en el artículo 3, párrafo 1, inciso B, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, donde se dice que son actos anticipados de precampaña las expresiones que se realicen bajo cualquier modalidad y en cualquier momento durante el lapso que va desde el inicio del proceso electoral hasta antes del plazo legal para el inicio de las precampañas, que contengan llamados expresos al voto en contra o a favor de una precandidatura.

En ese sentido, el apoyo de los 55 senadores de Morena se da antes del inicio del periodo de precampaña, el cual oficialmente inicia el próximo 24 de febrero.

Tal parece que Alejandro Armenta se metió en un brete legal que plantea una pregunta básica: ¿Qué necesidad había de usar el canal del Senado y el apoyo de un grupo de legisladores que no votan en Puebla ni influyen en el ámbito local?

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