Al minuto

Pagarán transportistas 190 mil pesos por muertes provocadas

Pagarán transportistas 190 mil pesos por muerte provocada


En 190 mil pesos fue tasada la vida de una persona, en caso de que un transportista concesionario del Distrito Federal provoque su muerte.
De acuerdo con la nueva Ley de Movilidad, a los concesionarios que generen accidentes, de los cuales resulten personas muertas, las autoridades los obligarán a reparar el daño de manera económica. Según el artículo 133 de la Ley de Movilidad, que promulgó el pasado lunes el jefe de Gobierno, Miguel Ángel Mancera, la reparación del daño que tienen que hacer los transportistas no puede ser menor a esa cantidad. No obstante, sí se puede superar esa cifra, si se comprueba que la persona en vida tenía ingresos diarios superiores al salario mínimo. "Cuando el daño que se cause a las personas produzca la muerte, la reptación del daño no podrá ser menor a la que resulte de multiplicar en cuatro veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, por 730 veces; de acreditarse ingresos diarios superiores de la víctima, se calculará el cuádruple atendiendo esos ingresos", indica la nueva norma. En 2012 se registraron más de 112 muertes relacionadas con accidentes en los que estuvieron involucrados microbuses.
Para 2013, la cifra de fallecimientos bajó a 70, pero el número de lesionados superó la centena. En el capítulo referente a la reparación de los daños ocasionados con motivo de la prestación del servicio de transporte público de pasajeros, se indica que en caso de que la víctima quede con incapacidad total permanente, o parcial, el grado de reparación se realizará con base en lo estipulado en la Ley Federal del Trabajo. De acuerdo con los cálculos oficiales, la determinación de reparación del daño se determinará de multiplicar por cuatro el salario mínimo vigente en el DF y después por los días de incapacidad que señale la Ley Federal del Trabajo. Los concesionarios no quedan exentos de que las víctimas procedan de manera jurídica en su contra. Además, no queda tampoco descartada la posibilidad de que pierdan la concesión. Sobre lesiones y daños materiales, la Ley de Movilidad señala que los concesionarios, y en su caso, los operadores, deberán responder de manera solidaria por ellos. En ese supuesto, el ofendido definirá la manera cómo se realizará la reparación del daño, que puede ser incluso en especie, mediante una póliza de seguro o el pago de daños y perjuicios.

Comparte esto:

Publicar un comentario

 
Copyright © Al Minuto. Diseñado por Agencia Eslabom y Agencia Eslabom