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Aprueba tribunal debates entre durante intercampañas

La Sala Superior revoca por unanimidad acuerdo del Consejo General del INE


La Razón |. Con el argumento de no restringir la libertad de expresión, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que sí podrán realizarse en el periodo de intercampaña debates en medios de comunicación entre dos o más candidatos a ocupar algún cargo el próximo 1 de julio.

Este viernes por unanimidad (7 votos), los magistrados revocaron el acuerdo que emitió el Instituto Nacional Electoral (INE) en la sesión del Consejo General que se llevó a cabo el pasado 19 de febrero, en el que prohibía los debates en medios de comunicación entre dos o más candidatos o precandidatos.

Ante este acuerdo el Partido Revolucionario Institucional (PRI) y el candidato electo por la coalición Todos Por México, José Antonio Meade impugnaron dicha resolución del órgano electoral ya que indicaron que el INE no tiene facultades para emitir las opiniones relativas a la regulación de debates durante las intercampañas, pues constituyen normas generales de carácter vinculante.

A esta petición se sumaron la Cámara de la Industria de Radio y Televisión (CIRT) y Televisión Azteca, quienes consideraron que el INE excedió sus facultades reglamentarias.

Asimismo, señalaron que el INE, limitó el trabajo de los comunicadores y periodistas, inhibiendo el desarrollo de la prensa libre y, como consecuencia, afectando negativamente el libre debate de ideas que debe nutrir a la opinión pública en el marco de un proceso electoral.

Al respecto, los magistrados expusieron este viernes que durante la sesión del Consejo General del 19 de febrero, el INE reconoció que carece de facultades para reglamentar, desarrollar o fijar criterios sobre normas que no se encuentran expresamente en la ley, no obstante emitió una opinión a partir de un “ejercicio de reflexión e interpretación” sobre los planteamientos hechos por los partidos políticos Morena y del Trabajo (PT), en el que impedía a los candidatos, entre otras cosas, participar en mesas redondas donde haya más de un candidato; o debates en periodos de intercampañas.

Por lo que, la Sala Superior determinó que el INE no debió emitir una opinión acerca de la realización de debates en la mencionada.

Asimismo, indicó que las controversias que se pudieran generar respecto de las conductas de los medios de comunicación durante las intercampañas serán resueltas por las autoridades competentes a través de los procedimientos sancionadores, analizando las circunstancias que concurran en cada caso concreto.

Durante la sesión, magistrada presidenta, Janine Madeline Otálora, consideró que “al igual que la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la libertad de expresión es la piedra angular de una sociedad libre y democrática y que es justamente indispensable para que la ciudadanía pueda formarse una opinión y en consecuencia emitir un voto libre”. Por lo que se pronunció a favor de la realización de debates entre candidatos.

En tanto que el magistrado Felipe Alfredo Fuentes indicó que “el asunto debe abordarse desde la perspectiva del ejercicio del derecho de libertad de expresión si se toma en cuenta que la materia de estudio tiene que ver con la organización de debates y mesas de análisis, los cuales son formas o ejercicios de la comunicación política que es una vertiente de la libertad de expresión”, añadió.

La magistrada Mónica Aralí Soto aseguró que en la etapa de intercampañas sí es posible la organización de debates “siempre y cuando se establezcan mecanismos y formatos que garanticen el respeto al principio de equidad”.

El magistrado José Luis Vargas apuntó que al tratarse de la pregunta planteada en torno a precandidatos electos.

“Éstos sí pueden participar en debates donde haya más de un candidato, creo que al no haber una limitación constitucional ni legal no es a la autoridad imponer límites no previstos en nuestro ordenamiento jurídico”, puntualizó.


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